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Antiguo 03/11/06, 12:33:28   #14
Connie
Perra latosa
 
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Re: Eliminemos los argumentos religiosos




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como he dicho es ilegal por que se considera asesinato, es un infanticidio..
es una pena de muerte hacia el producto inocente de circuntancia ajenas a el..y como decia orwell entrando en el humanismo, eso que esta en el vientre es una persona con derechos y va a ser dificil quitarselos desde el punto de vista humanista, ya que para hacer valer los derechos de una persona habria que quitarcelos a otra...no se hasta que punto se extirparan los caseros pues no es como decir me voy a sacar una muela que me molesta !!! aunque pareciera que si..
Evidentemente vos dejás a un lado un derecho -también humano- cual es, la libertad.

También es evidente que fuera de los argumentos religiosos o de conciencia particular les resulta muy difícil justificar la prohibición. Una prohibición generalizada, que alcanza a todos: laicos o "inconcientes".

De la existencia de la "persona" como ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones hay tantas consideraciones como personas. Nuestro país pese a las limitaciones no se "jugó" en incluir esa definición en la Constitución Nacional pese a las numerosas reformas y optó por mantener las definiciones contenidas en el Código Civil. Sólo efectuó reservas en el Pacto de San José de Costa Rica que en su art. 4º protege a la vida "por lo general" desde la concepción en el seno materno.

En EEUU, la Corte Suprema por el leading case: "Roe vs. Wade" decidió declaró la inconstitucionalidad de la ley del Estado de Texas que lo prohibía

Del voto del juez Blackmun -del cual puede extraerse el holding del presente caso- se desprende que: "una legislación estatal del tipo de la vigente en Texas, que exceptúa la incriminación sólo en los procedimientos para salvar la vida de la mujer, sin considerar las distintas etapas del embarazo y sin reconocer los otros intereses comprometidos, es violatoria de la protección del debido proceso...a) durante la etapa anterior a -aproximadamente- la finalización del primer trimestre, la decisión sobre el aborto y su realización deben ser dejadas al juicio médico del facultativo que atiende a la mujer embarazada; b) durante la etapa siguiente a, aproximadamente, la finalización del primer trimestre, el Estado, al promover su interés en la salud de la madre, puede, si lo elige, regular los procedimientos abortivos de forma razonablemente relacionada a la salud de la madre; c) durante la etapa a partir de la viabilidad (del feto), el Estado al promover su interés en la potencialidad de la vida humana puede, si lo elige, regular y aún prohibir el aborto, excepto cuando éste sea necesario, según el juicio médico, para la preservación de la vida o la salud de la madre."

En resumidas cuentas la mayoría en Roe, declaró que la mujer embarazada cuenta con un derecho constitucional a la privacidad en materia de procreación, y que este derecho debe considerarse comprensivo del aborto si ella y el médico deciden a favor del mismo. Sostuvo además que las razones que puede tener un Estado para anular este derecho criminalizando el aborto no constituían razones imperativas durante los dos primeros trimestres de embarazo, concluyendo en que un Estado no podía prohibir el aborto durante dicho período, sin perjuicio que podía proteger la vida fetal a partir de la etapa de "viabilidad" -esto es, en el último trimestre- pudiendo llegar a tal efecto hasta la prohibición del aborto, salvo cuando este fuera necesario para preservar la vida o la salud de la madre

Como ves, evidentemente no es pacífica la cuestión y hay quienes entienden que "no hay persona" sino recién a partir de la viabilidad del embarazo.

El aborto plantea necesariamente un conflicto de derechos, el de la autonomía reproductiva de la madre y el del por nacer. Vos como Estado podés decidir por privilegiar uno u otro derecho en desmedro del otro y considerar que existen "razones imperativas" para proceder en tal sentido y dictar normas que regulen la práctica: incriminando conductas (como eligió nuestro país) o bien, desincriminándola y sometiéndola a determinadas pautas ya que como sabemos no hay libertades absolutas.

En uno u otro caso, tenés que hacerte cargo de los efectos. Si estás a favor de la despenalización, pues bien deberás regular los modos, donde y hasta cuando previendo la posible objeción de conciencia de los médicos y prestar asistencia gratuita a quienes no se encuentran en condiciones. Si estás en contra, entonces deberás disuadir de tales conductas por medios más efectivos y prácticos que la criminalización que ha demostrado ser por demás inefectiva y a la sazón peligrosa.

Yo no veo que suceda ni lo uno ni lo otro. No veo ni los planes diseñados para desalentar tales prácticas, a modo preventivo no represivo, a través de la contención de la futura madre mucho menos a los grupos que tanto se oponen sustituyendo o reclamándole al Estado en ese sentido. Se persigue el castigo no la protección de la vida. Y si no es así, lo disimulan bastante bien.
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